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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Cómo dar de baja una CURP tras un fallecimiento

Baja de CURP

En caso de fallecimiento de una persona, los familiares deberán llevar a cabo el trámite de baja de su CURP.

Este es un requisito de las dependencias de la Administración Pública e instituciones privadas para poder otorgar algunos servicios a los beneficiarios del difunto, tales como cobro de seguros de vida, retiro de fondos de pensión, entre otros.

A continuación te explicaremos qué necesitas y cómo puedes realizar el trámite de baja de la CURP.

¿Qué documentos se deben presentar?

Para los ciudadanos mexicanos, se deberán presentar los siguientes documentos en original y copia:

Para el trámite de baja de CURP de una persona extranjera, se deberán presentar los siguientes documentos en original y copia:

  • Acta de defunción
  • Documento probatorio con el que se tramitó la CURP, pudiendo ser:
    • - Documento migratorio expedido por el INM
    • - Visa diplomática D1
    • - Visas oficiales O1 y O4
    • - Visas de servicios S1 y S2

En ambos casos, adicionalmente a los documentos antes mencionados, dependiendo de quién sea la persona que realice el trámite de baja de CURP de la persona finada, se deberán presentar los documentos siguientes en original y copia:

  • En todos los casos: Identificación oficial vigente
  • Si se trata del padre o madre, hijo(a), hermano(a), o abuelo(a): Documento probatorio de identidad que demuestre filiación con la persona fallecida
  • Cónyuge o concubino(a) del finado: Acta de matrimonio o constancia oficial de concubinato (tramitada en vida de la pareja)
  • Bisabuelo(a) del finado:
    • - Acta de nacimiento del nieto(a) donde aparezca el nombre del abuelo(a)
    • - Acta de nacimiento del abuelo(a) donde aparezca el nombre del bisabuelo(a)
  • Tutor(a) del finado: Copia certificada del acta de tutela o de la sentencia ejecutoriada de tutela o de patria potestad con la que se acredite la representación

¿Dónde y quién puede realizar la baja de la CURP?

El trámite de baja de CURP por fallecimiento de una persona se realiza de manera gratuita.

Es necesario que alguno de los familiares acuda en persona al módulo de CURP más cercano a su domicilio. El directorio de módulos de atención ciudadana por entidad federativa se puede encontrar en el siguiente enlace: www.gob.mx/DirectorioDeModulosCURP.pdf.

Importante: El trámite de baja de CURP de las personas extranjeras deberá llevarse a cabo ante el INM.

Datos de Contacto

Si tienes alguna duda adicional respecto a este trámite, antes de asistir de manera presencial a las oficinas de la CURP, puedes comunicarte al Centro de Atención y Servicio del Registro Nacional de Población de la Secretaría de Gobernación (SEGOB).

Si llamas desde la Ciudad de México el número es el (55) 5128 0000, extensiones 38198, 38200, 38268, 38270 y 38276, y desde el resto del país es el 01 800 911 1111. También es posible utilizar el contacto por correo electrónico a la dirección: [email protected].

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