Municipios de México > Expatriados > Pensión desde el Extranjero: ¿Cómo cobrarla?

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

La pensión es un derecho que tienen todos los trabajadores retirados; por ello, aunque se esté fuera de México, es posible cobrarla de manera puntual. Ello solamente es posible en caso de que exista un convenio que ampare dicha modalidad y procedimiento. Aquí se exponen los detalles y cómo hacer el trámite.

Pensión desde el Extranjero

El cobro de pensión desde el extranjero

De acuerdo con el marco normativo del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), existe un acuerdo y cuatro convenios con distintos países para permitir las transferencias del pago de las pensiones de los usuarios que se encuentran en el extranjero. Los países con los cuales se tiene convenios son: Estados Unidos de América, Italia, Argentina, Canadá y España.

La referida normativa únicamente se aplica para las pensiones que se amparen por la ley del seguro social en operaciones hasta junio de 1997. De igual forma, se pueden cobrar las pensiones por incapacidad ya sea permanente o parcial o por invalidez, ambas otorgadas por la ley del seguro social vigente.

Los casos no previstos en los ejemplos referidos no se pueden resolver, por lo que la pensión no se podría cobrar.

¿Cuáles son los requisitos y procedimientos a seguir?

Para realizar los trámites necesarios un requisito indispensable es que el beneficiario cuente con un representante legal dentro del territorio nacional. Dicho representante deberá presentar los siguientes documentos para acreditar su condición jurídica:

  • Clave Única de Registro de Población (CURP) del derechohabiente beneficiario, así como su Número de Seguridad Social, dirección de correo electrónico, clave bancaria estandarizada (CLABE) e información sobre la proyección de pensión, la cual se puede realizar desde el portal oficial del IMSS.
  • Identificación Oficial vigente con la fotografía. Debemos presentar original y copia.
  • Documento legal que acredite la representación del derechohabiente en cuestión. Original y copia.
  • Copia Certificada del Acta Notarial en donde se acredite la condición de apoderado legal del derechohabiente, en caso de que el representante ostente dicha personalidad jurídica.

En caso de que alguno de los documentos de representación legal, así como el poder notarial, hayan sido expedidos en territorio extranjero, los mismos deberán contar con la apostilla o certificación de legalización correspondiente. Son documentos imprescindibles para tener validez dentro del territorio nacional.

Dado que el procedimiento se ampara bajo el Régimen obligatorio de la ley del Seguro Social, el derechohabiente no necesita trasladarse al territorio nacional, mientras su representante realiza todos los trámites requeridos.

¿Dónde se lleva a cabo el trámite?

El procedimiento, de inicio a fin, se efectúa en las ventanillas de prestaciones económicas de la unidad de medicina familiar a la que se encuentre adscrito el derechohabiente asegurado. De igual forma, con base en la dirección previa del asegurado, dentro del territorio nacional, se puede realizar el trámite ante el Departamento de Pensiones de la subdelegación de adscripción correspondiente.

Una vez que el representante legal deseé iniciar el trámite, deberá presentar la información correspondiente al derechohabiente representado; por tal motivo, debe tener los datos completos del mismo ante el IMSS, los datos de su AFORE, el cálculo total de las semanas cotizadas, y el listado completo de los beneficiarios registrados.

¿Qué costo tiene realizarlo?

El trámite no tiene costo alguno. Una vez que se ha concluido, con base en los acuerdos celebrados con los países referidos al principio, el pago de la pensión se efectuará mediante la transferencia bancaria correspondiente a la cuenta bancaria de la cual se ha proporcionado la CLABE respectiva.

Pensión desde el Extranjero

Ahora ya sabes

Como es posible apreciar, los derechohabientes pueden seguir cobrando su pensión, aunque se encuentren fuera del territorio mexicano; no obstante, es conveniente acudir a la subdelegación de prestaciones correspondiente, en caso de ser posible, antes de salir del país, para confirmar la vigencia del acuerdo que ampara el procedimiento.