Cuando una persona fallece, es necesario realizar varios trámites, entre ellos, recuperar el dinero de su cuenta bancaria. El trabajador que ha muerto puede dejar su dinero a nombre de beneficiarios para que puedan aprovechar los recursos acumulados durante su vida. A continuación, te explicamos los pasos que debes seguir para reclamar estos recursos.
Es importante que durante su vida la persona seleccione a sus beneficiarios. Se trata de una persona que podrá cobrar el dinero que se acumuló en la cuenta del individuo. Se puede elegir a cualquier persona, suele ser por una cuestión de cercanía y tranquilidad.
Es un paso fundamental para evitar inconvenientes luego de la muerte del usuario dueño de la cuenta. En caso de que nadie reclame, el dinero irá a la Beneficencia Pública.
En el caso de que la persona no haya registrado un beneficiario se puede realizar un juicio ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para que se reconozca a los nuevos beneficiarios.
Es importante recalcar que los beneficiarios que fueron designados expresamente por el titular podrán recibir los recursos de la cuenta individual que no tengan un fin específico.
En caso de que la persona fallecida no haya dejado a ningún beneficiario y nadie reclame lo que había en su cuenta, el dinero pasará al Estado. De acuerdo con el Artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, si después de seis años nadie reclama el dinero que dejó el titular, estos se trasladarán directamente a la Beneficencia Pública.
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) tiene un sistema que permite consultar si una persona es beneficiaria de alguna cuenta de un fallecido. Allí están agrupadas todas las instituciones de la Asociación de Bancos de México (ABM) para realizar un reporte completo.
Es la Condusef la que investiga y verifica en las instituciones bancarias si el fallecido dejó algún beneficiario. Se notifica en un plazo no mayor a 60 días de realizada la consulta.
En caso de ser beneficiario el trámite será más sencillo, pero en ambos casos se deben cumplir los siguientes pasos:
En los casos en que la cuenta tenga 70 mil pesos o más se requerirá sucesión testamentaria o intestamentaria con aceptación del cargo y toma de protesta del albacea.
Si una persona contaba con una cuenta bancaria es posible cobrar el dinero que poseía. Para hacerlo es necesario haber estado asentado como beneficiario del cliente o realizar los trámites correspondientes. En caso de que nadie reclame lo acumulado, todo pasará a manos del Estado.