Los ciudadanos mexicanos que desean viajar a los Estados Unidos requieren necesariamente de una visa para poder ingresar como visitantes temporales al territorio norteamericano.
No todas las visas son iguales y estas varían en función de la naturaleza del viaje que, en cualquier caso, no pretende una estancia permanente. A este tipo de documento migratorio se le conoce como nonimmigrant visas o visas de no inmigrante.
A continuación te explicaremos qué tipos de visa para visitantes en EE. UU. existen y cómo obtenerlas.
Como ya se mencionó, existen diferentes clases de visa dependiendo de los motivos que se tengan para visitar el país.
Los tipos de visa de no inmigrante emitidas por las autoridades migratorias norteamericanas son las que siguen:
La visa de negocios es un documento que te permite visitar el territorio norteamericano con fines de asistir a conferencias, recibir tratamiento médico, acompañar a una persona que requiere de tratamiento médico o, específicamente, establecer relaciones comerciales con empresas y personas residentes en los Estados Unidos.
Pese a lo anterior, la visa de negocios no es un permiso de trabajo y, por este motivo, no tendrás autorización para trabajar en calidad de empleado en ninguno de los territorios norteamericanos por ningún período de tiempo.
La visa para hacer turismo en los territorios norteamericanos es la adecuada si es que pretendes visitar el país por motivos de placer, para vacacionar o visitar a familiares y amigos.
Si es que pretendes realizar estudios a tiempo completo en los Estados Unidos, será necesario que, como estudiante, tramites alguna de estas categorías de visa para poder hacerlo.
• La visa F-1 es la que corresponde a los estudiantes de tipo académico, es decir, aquellos que acudirán a una universidad, un instituto, algún conservatorio, un seminario o asistirán a una escuela secundaria, entre otras instituciones académicas.
Para obtener este tipo de visa, debes estar inscrito en un programa que te otorgue un grado, certificado o diploma al finalizar tus estudios, y es necesario que la escuela cuente con la autorización del gobierno norteamericano para aceptar estudiantes extranjeros.
• La visa M-1 es la correspondiente a programas académicos de tipo vocacional o técnico. En este caso, la escuela, y una vez seas aceptado como estudiante, deberá enviar la documentación correspondiente para que puedas continuar con tu trámite de visado.
Para este caso, podrás obtener si lo deseas un OPT (Optional Practical Training), que te permitirá laborar hasta por 18 meses (según la duración del plan de estudios) en territorio norteamericano.
Este tipo de visa se otorga a las personas que pretenden obtener un empleo temporal en los Estados Unidos. Existe una amplia lista de visas de trabajo. Su clasificación es realizada por las autoridades migratorias y, como aspirante, debes solicitar aquella que te corresponde en función de la naturaleza de la actividad que pretendes realizar.
Cualquiera que sea el área de trabajo, la empresa interesada en contratar a un trabajador extranjero debe presentar una solicitud formal ante la USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, por sus siglas en inglés).
También es importante resaltar que los dependientes económicos del trabajador deben realizar un trámite particular para poder acompañarlo durante su estadía en los Estados Unidos.
Ya sea que la visita se realice por negocios, para vacacionar, por estudios o por trabajo, el viaje debe, al menos, cumplir con las siguientes características:
Todo tipo de visas se tramitan directamente en las embajadas y consulados estadounidenses situados en el extranjero.
Puedes descargar los formularios requeridos en línea y los costos de cada trámite deben ser cubiertos previamente en las instituciones bancarias autorizadas.
Posteriormente al pago, será necesario que conciertes una cita a la que te presentarás para realizar el proceso de visado ante un cónsul.
Para México, durante el año 2021:
Es importante saber que, pese a contar con una visa vigente, las autoridades migratorias norteamericanas podrán limitar tu tiempo de visita o, incluso, negarte el acceso al país. Si este fuera el caso y, dependiendo del motivo, será posible que, en el futuro, una vez hayas solventado las causas, se te permita realizar una nueva visita.
Es sumamente importante que no excedas el tiempo autorizado de tus visitas o, de lo contrario, te pueden sancionar con un período de espera que va de los 3 a los 10 años sin autorización para ingresar a los Estados Unidos. Si tu estancia en el país requiere de más tiempo, será necesario que tramites una prórroga ante las autoridades migratorias con la suficiente anticipación. Los trámites en curso no te autorizan a permanecer en el territorio.
Procedimientos Administrativos en otros países: